La nueva Ley nº 11.610, sancionada en Belo Horizonte, Minas Gerais, tiene como objetivo proteger la libertad religiosa, específicamente en relación con el uso de baños en templos religiosos, escuelas confesionales e instituciones mantenidas por entidades religiosas. La ley asegura que estas instituciones tienen derecho a asignar el uso de sus baños según la definición biológica de sexo, indicando “masculino” y “femenino”, y no por identidad de género.

Compuesta por dos artículos principales, la Ley N° 11.610 extiende su aplicabilidad no sólo a los templos religiosos, sino también a las escuelas confesionales, a las instituciones mantenidas por entidades religiosas, así como a los eventos y actividades realizadas por ellas, incluso fuera de sus locales.

El proyecto de ley, propuesto por la concejal Flávia Borja, fue aprobado por el Ayuntamiento con 26 votos a favor, 13 en contra y una abstención. La intención de la ley es proteger a estas instituciones de la obligación de adoptar baños unisex, brindándoles autonomía para decidir en base a sus creencias y definiciones biológicas de sexo.

Los defensores de la medida afirman que representa una importante salvaguardia de la libertad religiosa frente a la presión y el activismo, especialmente relacionado con el movimiento LGBT+.

Leave A Comment

error: Content is protected !!